lunes, 25 de octubre de 2010

EL ABC DEL FEMINICIDIO


Por Lic.Teresa Viviano(*)

¿Qué es el FEMICIDIO?

Es el homicidio perpetrado hacia una mujer por motivo de violencia familiar, violencia sexual o discriminación de género. Es la manifestación más extrema de la violencia contra la mujer.

¿Cuál es el término correcto: Feminicidio o Femicidio?

Desde hace un par de décadas se ha introducido la palabra "femicidio" para denominar los homicidios de mujeres por "violencia de género", porque este término permitía dar un nombre a la manifestación más extrema de la violencia de género, que acaba con la vida de la mujer.

Cabe precisar que de acuerdo a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la violencia de género se define de la siguiente manera:

"Cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.

El concepto de "feminicidio" introducido por Marcela Lagarde se utiliza cuando los femicidios están acompañados de la impunidad, es decir que no se investiga ni sanciona a los responsables. Es decir que un feminicidio es un femicidio sin sanción adecuada o impune.

En el Perú, la palabra “Feminicidio” se utiliza como sinónimo de femicidio. En los dos registros oficiales, el concepto aprobado es FEMINICIDIO.


¿En el Perú se cuentan con cifras de femicidio?

Desde el año 2009 se cuentan con dos registros oficiales de Feminicidio y Tentativas:
Uno a cargo del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y otro a cargo del Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Pùblico-Fiscalía de la Nación. Se calcula unos 11 casos por mes de mujeres que mueren por la violencia femicida.

¿Porqué se produce el femicidio?

El femicidio se produce cuando la violencia extrema hacia la mujer no es detenida a tiempo.
Esta violencia es una expresión y consecuencia de las relaciones desiguales de poder entre mujeres y hombres, por eso el femicidio se produce en un contexto de control e imposición.
La violencia femicida se da muchas veces por venganza o represalias del agresor frente a la pérdida de control de la voluntad, el cuerpo y la vida de la mujer.


¿Todos los homicidios de mujeres se pueden considerar FEMICIDIOS?

No todos los asesinatos de mujeres son femicidio, aunque si la mayoría. En el caso que exista violencia familiar, violencia sexual o discriminación de género se puede hablar de un FEMICIDIO. Si matan a una mujer por robarle su casa, no es femicidio.


¿En que escenarios se producen los FEMICIDIOS?

La violencia hacia la mujer tiene tres escenarios diferenciados, de acuerdo al análisis que hace la Convención Belén do Para. Estos son:
1) La violencia que se genera en relaciones familiares, 2) en las relaciones sociales y 3) la que se gesta desde los agentes del estado (por ejemplo en casos de guerra, conflicto armado etc).

En esa línea, los femicidios son cometidos por la pareja o expareja de la mujer, por alguién que pretende ser pareja, o por alguna red de delincuencia, trata, mafia en donde la mujer esté atrapada.


¿Porqué es necesario hablar de FEMICIDIO y no de HOMICIDIO?

Para visibilizar la discriminación que sufren las mujeres.
No olvidemos que los homicidios de mujeres son diferentes a los homicidios de varones; estos últimos no suelen morir a manos del(a) compañero(a) sentimental. Lo hombres mueren en situaciones diferentes a las que muere una mujer.


¿Qué tipos de femicidio existen?

La literatura existente identifica el femicidio íntimo (por parte de un familiar), el no intimo y el femicidio por conexión. Este último se da cuando una mujer es blanco de la venganza de un hombre por haber apoyado a la mujer que inicialmente lo era.


¿Qué dicen las leyes sobre el femicidio?

Únicamente en Guatemala y Costa Rica está penalizado el femicidio (a nivel mundial). Existen proyectos para incorporarlo en la legislación penal en Bolivia, Perú y Argentina.

En el Perú se cuenta con dos proyectos de ley para tipificar el FEMINICIDIO propuestas por las Congresistas Karina Betera Rubin y Olga Cribilleros Shiginara. La propuesta está aprobada por la Comisión de la Mujer del Congreso de la República, esperando su aprobación de la Comisiòn de Justicia. De ser esto favorable, pasarìa a ser discutido en el pleno.


Mientras tanto los delitos contra la vida, a los cuales se puede circunscribir son:
Homicidio simple, calificado, por emocion violenta, asesinato y parricidio. Se pueden aplicar atenuantes de emoción violenta, confesión sincera, arrepentimiento e incluso buen comportamiento para acceder a beneficios penitenciarios.

Asimismo, las sanciones frente a los femicidios no siempre son ejemplares, sino más bien benignas, porque justifican a la persona agresora, que mató por celos o por despecho de ser abandonado o rechazado por el "ser querido"


¿Qué responsabilidad tienen los Estados en el tema de femicidio?

El femicidio es un problema de derechos humanos, porque se vulnera la vida y la integridad física. Los Estados tienen obligaciones. Una de ellas es actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer.

Lamentablemente los sistemas de justicia en América Latina no han avanzado todavía lo suficiente para proteger efectivamente a la mujer de la violencia.
Aunque en Costa Rica hay un avance sustancial al penalizar el femicidio, esta ley quedó limitada, porque solo está referida a la relaciones de matrimonio y de hecho. No incluye las de unión libre, ni tampoco las de noviazgo.

¿Qué tanto protegen las leyes de violencia familiar frente al femicidio?

* No protegen lo suficiente para detener y sancionar la violencia.

* Esto se debe a que la violencia familiar no es considerado todavìa un DELITO y porque la ley está está centrada en la VIOLENCIA FAMILIAR y no se reconoce otros escenarios de violencia hacia la mujer.
* Si bien la violencia familiar es el escenario más común de violencia hacia la mujer, un error que se comete es olvidar que las mujeres son vulnerables a ser víctimas de violencia en otros escenarios: trata de personas, acoso laboral, mafias etc.
* Esto limita proteger efectivamente a la mujer en todos los escenarios de manifestación de violencia de género porque no se visibilizan.
* Asimismo son leyes neutras a las que pueden apelar tanto el varón como la mujer, resultando que es frecuente que sean los agresores quienes denuncien a las víctimas de maltratadoras de sus hijos o hijas o hagan contra demandas, basadas en que la violencia fue mutua.


¿Cuáles son los errores más frecuentes al abordar un caso de femicidio?

* Romantizar el caso. Pensar que el amor desbordado tiene excesos que conducen al suicidio o al asesinato. “ La maté porque la amaba” es la frase más frecuente y contradictoria excusa.
* Atribuir siempre problemas mentales a la persona agresora que cometió el crimen. Esto no siempre es así. La mayorìa mata a sabiendas y queriendo, en perfecto estado mental.
* Naturalizar el caso, al considerar que en la pareja y la familia siempre pueden ocurrir crímenes pasionales, que no deben tener la misma sanción que otro tipo de crímenes.
* No tomar en cuenta el componente de violencia de género.
* No efectuar un adecuado análisis del escenario del crimen y el contexto.


Frente a una mujer asesinada ¿Qué aspectos hacen sospechar de un femicidio?

* El(la) investigador(a) entrenado(a) puede detectar señales de misoginia en cuerpo de las mujeres asesinadas, es decir muestras de odio exacerbado (múltiples cuchilladas, mutilaciones, desgarros). El objetivo no fue darle muerte sino dañarla, hacerle sentir profundo dolor.
* Que el homicidio ocurra en el ámbito hogareño, donde la mujer suele protegerse, trabajar, cuidar a los hijos. El hogar está asociado a la femenino.
* Tomar en cuenta si el agresor se suicida, lo que indica que hubo un vinculo estrecho la víctima o in deseo intenso de entablarlo. No necesariamente están asociado a una patología o problema mental, sino a una cultura machista que cosifica a las mujeres.

¿Cuáles son las situaciones de riesgo de femicidio?

• La denuncia sin las adecuadas medidas de protección. Si no están aseguradas las condiciones de protección, es mejor posponer la denuncia.
• Las acciones para "darle otra oportunidad" a la persona agresora sin sancionarla. Vayan a terapia juntos por ejemplo, concilien y retiren la denuncia. Luego en otro arranque de ira, va todo igual o peor.
• Tratar de iguales al agresor y a la víctima en lo que a responsabilidad de la violencia se refiere. "La violencia es responsabilidad de los dos: de él por ejercela y tuya por permitirla" Esta afirmación es cuestionable ¿Acaso no se han puesto a pensar que la violencia familiar atrapa sin salida y que es casi imposible salir de él sin ayuda?
• Considerar que la violencia es problema de dos, que agresor y agredida la sufren y por eso ambos deben buscar la solución al conflicto de pareja. La ayuda debe buscarse, pero los objetivos de ayuda para el agresor, no pueden ser los mismos que para la agredida.


¿Qué hacer para prevenir los femicidios?
Detener a tiempo la violencia hacia la mujer.


(*) Teresa Viviano Llave es Licenciada en Trabajo Social, trabaja en el Ministerio de la Mujer como especialista en violencia familiar y es responsable del registro de feminicidio de dicha entidad.




Juliana Ramírez
Lic. Trabajo Social
UNMSM
Fuente: http://www.hablemosdelbuentrato.com/

1 comentario:

  1. Juliana Querida,
    acabo de encontrar tu blog y he quedado gratamente sorprendida de lo bien que lo haz trabajado y la abundante información que hay sobre el tema y la carrera. Felicitaciones por el esfuerzo y muchos existo. Te acabo de linkear en www.hablemosdelbuentrato.com

    Cariños
    Lic. Teresa Viviano Llave

    ResponderEliminar

ENTRADAS

MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
MIDIS

MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MÁS POBRES

PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MÁS POBRES
Perú

PROGRAMA NACIONAL CUNA MÁS

PROGRAMA NACIONAL CUNA MÁS
Perú

PROGRAMA NACIONAL BECA 18

PROGRAMA NACIONAL BECA 18
Perú

PROGRAMA NACIONAL PENSIÓN 65

PROGRAMA NACIONAL PENSIÓN 65
Perú

PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR QALI WARMA

PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR QALI WARMA
Perú

PORTAL DEL ESTADO PERUANO

PORTAL DEL ESTADO PERUANO
Perú

FONDO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL

FONDO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL
Perú

SUNAT

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP
Perú

CHAT 100

BOLETÍN ELECTRÓNICO SURÁ

BOLETÍN ELECTRÓNICO SURÁ
Por: Marcos Chinchilla - Costa Rica