miércoles, 15 de mayo de 2013

LEY Nº 30012


LEY Nº 30012
LEY QUE CONCEDE EL DERECHO DE LICENCIA A TRABAJADORES CON FAMILIARES 
DIRECTOS QUE SE ENCUENTRAN CON ENFERMEDAD EN ESTADO GRAVE O 
TERMINAL O SUFRAN ACCIDENTE GRAVE

Publicado : 26/04/2013
Vigencia : 27/04/2013





Reglamento: En un plazo no mayor de treinta días hábiles desde su entrada en vigencia.

Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto establecer el derecho del trabajador de la actividad pública y privada
a gozar de licencia en los casos de tener un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente enfermo diagnosticado en estado grave o terminal, o que sufra accidente que ponga en serio riesgo su vida, con el objeto de asistirlo.

Artículo 2. Licencia por enfermedad grave o terminal o por accidente grave
La licencia a que se refiere el artículo 1 es otorgada por el plazo máximo de siete días calendario, con goce de haber. De ser necesario más días de licencia, estos son concedidos por un lapso adicional no mayor de treinta días, a cuenta del derecho vacacional.
De existir una situación excepcional que haga ineludible la asistencia al familiar directo, fuera del
plazo previsto en el párrafo precedente, se pueden compensar las horas utilizadas para dicho fin con
horas extraordinarias de labores, previo acuerdo con el empleador.

Artículo 3. Comunicación al empleador
El trabajador comunica al empleador dando cuenta del ejercicio de este derecho, dentro de las cuarenta y ocho horas (48) de producido o conocido el suceso, adjuntando el certificado médico suscrito por el profesional de la salud autorizado, con el que se acredite el estado grave o terminal o el serio riesgo para la vida como consecuencia del accidente sufrido por el familiar directo.

Artículo 4. Beneficios preexistentes
Los beneficios obtenidos por los trabajadores sobre esta materia, por decisión unilateral o por convenio
colectivo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables a estos.


DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. 
Reglamentación
El Poder Ejecutivo reglamenta la presente Ley en un plazo no mayor de treinta días hábiles desde su entrada
en vigencia.

Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los catorce días del mes de marzo de dos mil trece




                                                                                                               Juliana Ramírez 
                                                                                                                 cTSp 10001

martes, 14 de mayo de 2013

VACUNACIÓN DE LAS AMÉRICAS - MINSA






                                                                         Juliana Ramírez 
                                                                         cTSp 10001

lunes, 13 de mayo de 2013

VIDEO EDUCATIVO CONTRA LA TUBERCULOSIS



MINISTERIO DE SALUD - PERÚ

En este vídeo promueve la prevención de la enfermedad, generando ambientes libres de microbios, especialmente del microbio de la Tb. En él se observa al protagonista viajando en un vehículo de transporte público en el que las ventanas están cerradas. Al ocupar uno de los asientos, comenta amablemente: "Ventilemos un poco, por favor. ¿Por qué todo tan cerrado?


Lic. Juliana Ramírez 
cTSp 10001

sábado, 11 de mayo de 2013

TE AMO MAMÁ


Por ser siempre la primera en levantarse y la última en acostarse. 
Por dar todo sin esperar nada a cambio. 
Por escucharme sin juzgar. 
Por poner siempre una tirita a mis heridas. 
Por hacer que termine en sonrisa lo que comienza con lágrimas. 
Por eso y mucho más, felicidades mamá. 
Gracias por ser la mejor madre del mundo. 


                                                                     Lic. Juliana Ramírez 
                                                                   cTSP 10001

MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL

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MIDIS

MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MÁS POBRES

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Perú

PROGRAMA NACIONAL CUNA MÁS

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Perú

PROGRAMA NACIONAL BECA 18

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Perú

PROGRAMA NACIONAL PENSIÓN 65

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Perú

PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR QALI WARMA

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Perú

PORTAL DEL ESTADO PERUANO

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Perú

FONDO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL

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Perú

SUNAT

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP

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Perú

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Por: Marcos Chinchilla - Costa Rica