Accidente de Trabajo: Suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del
trabajo y que produce pérdidas tales como lesiones personales, daños materiales,
derroches y/o impacto al medio ambiente; con respecto al trabajador le puede
ocasionar una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
trabajo y que produce pérdidas tales como lesiones personales, daños materiales,
derroches y/o impacto al medio ambiente; con respecto al trabajador le puede
ocasionar una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
Asimismo se consideran accidentes aquellos que:
- Interrumpen el proceso normal de trabajo.
- Se producen durante la ejecución de órdenes del Empleador, o durante la ejecución
de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Dependiendo de la gravedad, los accidentes con lesiones personales pueden ser:
Accidente Leve: Como resultado de la evaluación médica, el accidentado debe volver
máximo al día siguiente a sus labores habituales.
máximo al día siguiente a sus labores habituales.
Accidente Incapacitante: Como resultado de la evaluación médica se determina que
el accidente no es leve y recomienda que, el accidentado al día siguiente no asista al
trabajo y continúe el tratamiento. El día de la ocurrencia de la lesión no se tomará en
cuenta, para fines de información estadística.
Accidente Mortal: Donde la lesión genera la muerte del trabajador, sin tomar en
cuenta el tiempo transcurrido entre la fecha del accidente y el deceso. Para efecto de
la estadística se debe considerar la fecha en que fallece.
Los accidentes incapacitantes pueden ser:
Total Temporal: Donde la lesión genera la imposibilidad de utilizar una determinada
parte del organismo humano, hasta finalizar el tratamiento médico y volver a las
labores habituales totalmente recuperado.
Parcial Permanente: Donde la lesión genera la pérdida parcial de un miembro o de
las funciones del mismo.
Total Permanente: Donde la lesión genera la pérdida anatómica total de un miembro;
se considera a partir de la pérdida del dedo meñique.
Actividad: Ejercicio de las actividades industriales o de servicios en las operaciones
del empleador en concordancia con la normatividad vigente.
Actividades, Procesos, Operaciones o Labores de Alto Riesgo: Aquellas que
impliquen una alta probabilidad de daño a la salud del trabajador con ocasión o como
consecuencia del trabajo que realiza. La relación de actividades calificadas como de
alto riesgo será establecida por la autoridad competente.
Actividades Insalubres: Aquellas que den lugar a desprendimiento o evacuación de
productos que puedan resultar directa o indirectamente perjudiciales para la salud
humana.
productos que puedan resultar directa o indirectamente perjudiciales para la salud
humana.
Actividades Peligrosas: Aquellas que tengan por objeto fabricar, manipular,
expender o almacenar productos o sustancias susceptibles de originar riesgos graves
por explosión, combustión, radiación u otros modos de contaminación de análoga
importancia para las personas o los bienes.
Ambiente, Centro de Trabajo o Unidad de Producción: Lugar en donde los
trabajadores desempeñan sus labores.
Auditoría: Procedimiento sistemático, independiente y documentado para evaluar un
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Capacitación: Actividad que consiste en instruir conocimientos teóricos y prácticos del
trabajo a los participantes.
Causas de los Accidentes: Criterios que permiten comprender las razones por las
cuales ocurre un accidente. Se dividen en:
- Falta de control: Debido a fallas o debilidades en el control administrativo de
la empresa.
- Causas Básicas: Debidas a factores personales y factores de trabajo:
Factores Personales.- Todo lo relacionado al trabajador como persona (conocimientos,
experiencia, grado de fatiga o tensión, problemas físicos, fobias, etc.)
Factores del Trabajo.- Todo lo relacionado al entorno del trabajo (equipos, materiales,
ambiente, procedimientos, comunicación, etc.)
- Causas Inmediatas.- Debidas a los actos y/o condiciones subestándares:
Condiciones Subestándares: Toda condición física en el entorno del trabajo que puede
causar un accidente.
Actos Subestándares: Toda acción o práctica incorrecta ejecutada por el trabajador
que puede causar un accidente.
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Organo paritario constituido por
representantes del empleador y los trabajadores, con las facultades y obligaciones
previstas por las normas vigentes, destinado a la consulta regular y periódica de las
actuaciones de la empresa.
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores
que tienen influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud
de los trabajadores. Quedan específicamente incluidos en esta definición:
- Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos
y demás útiles existentes en el centro de trabajo;
- La naturaleza, intensidad, concentraciones o niveles de presencia de los
agentes físicos, químicos y biológicos en el ambiente de trabajo
- Los procedimientos para la utilización de los agentes citados en el apartado
anterior, que influyan en la generación de riesgos para los trabajadores; y
- La organización y ordenamiento de las labores, incluidos los factores ergonómicos
y psicosociales.
Condiciones de Salud: El conjunto de variables objetivas de orden fisiológico, psicológico
y sociocultural que determinan el perfil sociodemográfico y de morbilidad de la
población trabajadora.
Contaminación del Ambiente de Trabajo: Es toda alteración del ambiente de trabajo
- calidad del suelo, agua o aire - a un nivel que puede afectar la salud y la integridad
física de los trabajadores.
Contratista: Persona o empresa que presta servicios remunerados a un empleador
con especificaciones, plazos y condiciones convenidos.
Control de Riesgos: Es el proceso de toma de decisión, mediante la información
obtenida en la evaluación de riesgos, para tratar y/o reducir los riesgos, para implantar
las medidas correctoras, exigir su cumplimiento y la evaluación periódica de su
eficacia.
Cultura de Seguridad o cultura de prevención: Conjunto de valores, principios y
normas de comportamiento y conocimiento que comparten los miembros de una
organización, con respecto a la prevención de incidentes, accidentes de trabajo y
enfermedades ocupacionales.
Emergencia: Evento no deseado que se presenta debido a factores naturales o como
consecuencia de accidentes de trabajo, tales como: incendios, explosiones, sismos,
deslizamientos, accidentes de transito, entre otros.
Enfermedad Ocupacional: Enfermedad contraída como resultado de la exposición a
factores de riesgos como agentes físicos, químicos, biológicos y ergonómicos,
inherentes a la actividad laboral.
Empleador: Toda persona natural o jurídica que emplea a uno o varios trabajadores.
Entidades Públicas competentes en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo:
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Salud, Energía y Minas, Producción,
Transportes y Comunicaciones, Vivienda y Construcción, Agricultura, Essalud y otras
que la Ley señale.
Equipos de Protección Personal: Los dispositivos específicos destinados a ser
utilizados adecuadamente por el trabajador para que le protejan de uno o varios
riesgos que puedan amenazar su seguridad o salud en el trabajo.
Ergonomía: Llamada también ingeniería humana, es la ciencia que busca optimizar la
interacción entre el trabajador, máquina y ambiente de trabajo con el fin de adecuar los
puestos, ambientes y la organización del trabajo a las capacidades y limitaciones de
los trabajadores, con el fin de minimizar el estrés y la fatiga y con ello incrementar el
rendimiento y la seguridad del trabajador.
Estadística de accidentes: Sistema de control de la información de los incidentes.
Permiten medir y utilizar esta información y las tendencias asociadas en forma
proactiva y focalizada para reducir los índices de accidentabilidad.
Evaluación de riesgos: Proceso mediante el cual se establece la probabilidad y la
gravedad de que los peligros identificados se manifiesten, obteniéndose la información
necesaria para que la empresa esté en condiciones de tomar una decisión apropiada
sobre la oportunidad y el tipo de acciones preventivas que deben adoptarse.
Exámenes Médicos de Preempleo: Son evaluaciones médicas que se realizan al
trabajador antes de que éste sea admitido en un puesto de trabajo que entrañe riesgos
para su salud. Tiene por objeto determinar el estado de salud al momento del ingreso
y su aptitud para el puesto de trabajo.
Exámenes Médicos Periódicos: Son evaluaciones médicas que se realizan al
trabajador durante la vigencia del vínculo laboral. Estos exámenes tienen por objeto la
detección precoz de patologías ocupacionales y la promoción de la salud. Asimismo,
permiten definir la eficiencia de las medidas preventivas y de control que se toman y el
impacto de éstas, así como la reorientación de dichas medidas.
Exámenes de Retiro: Son evaluaciones médicas realizadas al trabajador una vez
concluido el vínculo laboral. Mediante estos exámenes se busca detectar
enfermedades ocupacionales y comunes, secuelas de accidentes de trabajo y en
general lo agravado por el trabajo.
Exposición: Condiciones de trabajo que implican un determinado nivel de riesgo a los
trabajadores.
Gestión de la Seguridad y Salud: Aplicación de los principios de la administración
moderna a la seguridad y salud, integrándola a la producción, calidad y control de
costos.
Gestión de Riesgos: Es el procedimiento, que permite una vez caracterizado el
riesgo, la aplicación de las medidas más adecuadas para reducir al mínimo los riesgos
determinados y mitigar sus efectos, al tiempo que se obtienen los resultados
esperados.
Identificación de Peligros: Proceso mediante el cual se reconoce que existe un
peligro y se definen sus características.
Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en el
que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en el que éstas sólo requieren
cuidados de primeros auxilios.
Incidente Peligroso: Toda contingencia fácilmente reconocible, que puede causar
lesiones o enfermedades a las personas en su trabajo, o a la población.
Inducción u Orientación: Capacitación inicial para ayudar al trabajador a ejecutar su
labor en forma segura, eficiente y correcta. Se divide normalmente en:
Inducción General: Capacitación al trabajador antes de asumir su puesto sobre temas
generales como política, beneficios, servicios, facilidades, normas y prácticas, y el
conocimiento del ambiente laboral de la empresa.
Inducción Específica: Capacitación que brinda al trabajador la información necesaria
para prepararlo a su trabajo específico.
Investigación de Accidentes e Incidentes: Proceso de recopilación y evaluación de
evidencias que conducen a determinar las causas de los accidentes e incidentes, y
que permite tomar las acciones correctivas y prevenir la recurrencia de los mismos.
Inspección: Proceso de observación metódica para identificar no conformidades con
los estándares establecidos e identificar los peligros.
Lesión: Daño físico u orgánico que sufre una persona como consecuencia de un
accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.
Mapa de Riesgos: Compendio de información organizada y sistematizada
geográficamente a nivel nacional subregional o de una empresa sobre las amenazas,
incidentes o actividades que son valoradas como riesgos para la operación segura de
una empresa u organización.
Medidas Coercitivas: Constituyen actos de intimidación, amenaza o
amedrentamiento realizados al trabajador, con la finalidad de desestabilizar el vínculo
laboral.
Medidas de Prevención: Las acciones que se adoptan con el fin de evitar o disminuir
los riesgos derivados del trabajo, dirigidas a proteger la salud de los trabajadores
contra aquellas condiciones de trabajo que generan daños que sean consecuencia,
guarden relación o sobrevengan durante el cumplimiento de sus labores, medidas
cuya implementación constituye una obligación y deber de parte de los empleadores.
Peligro: Propiedad o característica intrínseca de algo capaz de ocasionar daños a las
personas, equipo, procesos y ambiente.
personas, equipo, procesos y ambiente.
Pérdidas: Constituye todo daño, mal o menoscabo en perjuicio del empleador.
Plan de Emergencia: Documento guía de las medidas que se deben tomar bajo
ciertas condiciones de emergencia posibles. Incluye responsabilidades de personas y
departamentos, recursos de la empresa disponibles para su uso, fuentes de ayuda
externas, procedimientos generales a seguir, autoridad para tomar decisiones, las
comunicaciones e informes exigidos.
ciertas condiciones de emergencia posibles. Incluye responsabilidades de personas y
departamentos, recursos de la empresa disponibles para su uso, fuentes de ayuda
externas, procedimientos generales a seguir, autoridad para tomar decisiones, las
comunicaciones e informes exigidos.
Prevención de Accidentes: Combinación razonable, de políticas, estándares,
procedimientos y prácticas, que permiten a una organización, alcanzar los objetivos de
prevención de riesgos en el trabajo.
procedimientos y prácticas, que permiten a una organización, alcanzar los objetivos de
prevención de riesgos en el trabajo.
Primeros Auxilios: Protocolos de atención de emergencia que se brindan a una
persona que ha sufrido un accidente o enfermedad ocupacional.
Proactividad: Actitud favorable en el cumplimiento de las normas de seguridad y
salud en el trabajo con diligencia y eficacia.
Procesos, Actividades, Operaciones, Equipos o Productos Peligrosos: Aquellos
elementos, factores o agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos o mecánicos,
que están presentes en el proceso de trabajo, según las definiciones y parámetros que
establezca la legislación nacional, que originen riesgos para la seguridad y salud de
los trabajadores que los desarrollen o utilicen.
elementos, factores o agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos o mecánicos,
que están presentes en el proceso de trabajo, según las definiciones y parámetros que
establezca la legislación nacional, que originen riesgos para la seguridad y salud de
los trabajadores que los desarrollen o utilicen.
Reglamento: Conjunto de normas, procedimientos, prácticas o disposiciones
detalladas, a los que la empresa asigna carácter obligatorio.
Representante de los Trabajadores: Trabajador, con experiencia o capacitación en
prevención de riesgos laborales, elegido de conformidad con la legislación vigente
para representar a los trabajadores, ante el Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Riesgo: Probabilidad de que un peligro se materialice en unas determinadas
condiciones y produzca daños a las personas, equipos y al ambiente.
Riesgo Laboral: Probabilidad de que la exposición a un factor ambiental peligroso en
el trabajo cause enfermedad o lesión.
Salud: Estado de completo bienestar físico, mental y social, y no meramente la
ausencia de enfermedad o de incapacidad.
Salud Ocupacional: Rama de la Salud Pública que tiene como finalidad promover y
mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en
todas las ocupaciones; prevenir todo daño a la salud causado por las condiciones de
trabajo y por los factores de riesgo; y adecuar el trabajo al trabajador, atendiendo a
sus aptitudes y capacidades.
Seguridad: Son todas aquellas acciones y actividades que permiten que el trabajador
labore en condiciones seguras tanto ambientales como personales, con el fin de
conservar la salud y preservar los recursos humanos y materiales.
Servicio de Salud en el Trabajo: Conjunto de dependencias de una empresa que
tienen funciones esencialmente preventivas y que están encargadas de asesorar a los
trabajadores y a los representantes de la empresa acerca de:
tienen funciones esencialmente preventivas y que están encargadas de asesorar a los
trabajadores y a los representantes de la empresa acerca de:
i) los requisitos necesarios para establecer y conservar un medio ambiente de trabajo seguro y sano
que favorezca una salud física y mental óptima en relación con el trabajo;
que favorezca una salud física y mental óptima en relación con el trabajo;
ii) la adaptación del trabajo a las capacidades de los trabajadores, habida cuenta de su
estado de salud física y mental;
estado de salud física y mental;
iii) la vigilancia activa en salud ocupacional que involucra el reconocimiento de los riesgos, las evaluaciones ambientales y de salud del trabajador (médico, toxicológico, psicológico, etc.), y los registros necesarios (enfermedades, accidentes, ausentismo, etc.) entre otros.
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo: Conjunto de elementos
interrelacionados o interactivos que tienen por objeto establecer una política y
objetivos de seguridad y salud en el trabajo, y los mecanismos y acciones necesarios
para alcanzar dichos objetivos, estando íntimamente relacionado con el concepto de
responsabilidad social empresarial, en el orden de crear conciencia sobre el
ofrecimiento de buenas condiciones laborales a los trabajadores, mejorando de este
modo la calidad de vida de los mismos, así como promoviendo la competitividad de las
empresas en el mercado.
Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo: Trabajador capacitado y designado
entre los trabajadores de las áreas productivas de las empresas con menos de 25
trabajadores.
Trabajador: Toda persona, que desempeña una actividad de manera regular o
temporal por cuenta ajena y remunerada o de manera independiente o por cuenta
propia.
Vigilancia en Salud Ocupacional: Conjunto de usuarios, normas, procedimientos y
recursos organizados para la recopilación, análisis, interpretación y divulgación
sistemática y oportuna de información sobre eventos de salud ocupacional.
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